“Dadme tus cansados, tus pobres, tus masas amontonadas gimiendo por respirar libres, los despreciados de tus congestionadas costas. Enviadme a estos, los desposeídos, basura de la tempestad.
¡Levanto mi lámpara al lado de la puerta dorada!”
Estas palabras forman parte del soneto, “El Nuevo Coloso,” mejor conocido como el poema de la Estatua de Libertad, escrito por Emma Lazarus en el 1883 y fuente de inspiración para los miles de inmigrantes quienes han tenido que abandonar sus respectivas patrias, en búsqueda de la libertad.
En los Estados Unidos, si un inmigrante puede comprobar que ha sido acosado o teme ser acosado por sus creencias religiosas, políticas, por raza, nacionalidad, etnicidad o por ser miembro de un grupo social (por ejemplo, grupos LGBT), o temor a ser torturado, puede solicitar asilo o Witholding of Removal (Retención de Condena). Si su solicitud es aprobada, usted podrá permanecer en los Estados Unidos. El Programa de Asilo de los Estados Unidos protege a aquellos inmigrantes elegibles que ya residen en los Estados Unidos o que se encuentran en puntos de entrada. Este programa protege a inmigrantes provenientes de todos los países. Los puntos de entrada son: aeropuertos, puertos marítimos y cruces de frontera. Con diferencia a los programas de visa, no existe un límite delineado por el Departamento de Inmigración de los Estados Unidos para la cantidad de solicitudes aprobadas bajo el programa de Asilo.
Solicitud de Asilo
Se puede solicitar el asilo mediante dos caminos. El primero es directamente en un puerto de entrada. El segundo es a través de un centro de servicios autorizado. Es importante tomar en cuenta que esta solicitud ha de ser entregada antes de que se cumpla el año de su llegada al país, bien sea de forma legal o ilegal. Si ha pasado más de un año que usted llego a los EU, podría ser elegible si puede comprobar que hubo una circunstancia especial.
Si usted, un miembro de su familia, o un ser querido recibe un “Notice to Appear” (una carta informándole que debe presentarse ante un juez), podría solicitar Asilo como medida de evitar la deportación. Esto se llama “Defensive Asylum” (Asilo por Defensa). En este caso, usted ha de comprobar que su deportación resultara en persecución debido a alguna de las circunstancias autorizadas, previamente mencionadas.
Muchos casos de asilo son delicados y únicos a cada solicitante. Por eso, es decisivo que usted trabaje con un abogado que tenga experiencia con la complejidad del sistema de inmigración de los Estados Unidos, y que se especialice en casos de asilo. Si usted quiere saber si es elegible para remitir una solicitud de asilo, por favor contáctenos para evaluar su presente situación.
Abogado de Inmigracion
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