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Impacto en inmigración

El juez federal limita la prohibición de los trabajadores extranjeros de la Administración Trump

Cortesia del American Immigration Council


El 1 de octubre, un juez federal ordenó a la administración Trump que dejara de hacer cumplir partes de una proclamación presidencial que prohibía a muchos trabajadores extranjeros entrar en los Estados Unidos. El tribunal determinó que el presidente probablemente no tenía la autoridad para emitir la prohibición.


¿A quién afecta el fallo?


La decisión, en National Association of Manufacturers v. U.S. Department of Homeland Security, otorgó unamoción de medida para una medida cautelar para impedir que el gobierno aplicara la prohibición mientras el tribunal toma una decisión final sobre el caso, pero sólo contra los demandantes que presentaron el caso.


Los demandantes son cuatro grandes asociaciones empresariales, incluyendo la Cámara de Comercio de los Estados Unidos y la Federación Nacional de Minoristas, así como una empresa que opera programas de intercambio cultural. La decisión se aplica a todos los cientos de miles de empresas que son miembros de esas asociaciones.


¿Quién se vio afectado por la proclamación?


La proclamación, anunciada en junio, impidió que las personas obtuvieran varias categorías de visas de trabajo temporal para la entrada a los Estados Unidos, con excepciones limitadas. La proclamación también  extendió la prohibición  de las personas con vínculos familiares que buscan emigrar permanentemente a los Estados Unidos, pero esa parte de la proclamación no fue impugnada en esta demanda.


El presidente Trump afirmó, sin justificación, que la prohibición de los trabajadores extranjeros era necesaria para proteger los empleos de los ciudadanos estadounidenses durante la pandemia COVID-19.


¿Cuál fue la justificación de la administración Trump para la prohibición?


El presidente Trump afirmó que se le permitió  emitir la prohibición bajo una ley que da a los presidentes autoridad para impedir que grupos de no ciudadanos entren en los Estados Unidos si es perjudicial para los intereses de los Estados Unidos. Anteriormente, utilizó esta misma autoridad para emitir la draconiana y discriminatoria  prohibición musulmana y de refugiados  que restringe innecesariamente los viajes a los Estados Unidos por personas de varias naciones mayoritariamente musulmanas, así como varios otros países.


¿Qué encontró el tribunal en el caso?


El tribunal determinó que el uso del presidente Trump de esta autoridad para la prohibición de los trabajadores extranjeros fue diferente —y probablemente ilegal— por varias razones:


  • El presidente Trump emitió la prohibición en      respuesta a un problema de política interna: el empleo en Estados Unidos.     Sin embargo, el poder del Presidente de limitar la entrada a los Estados      Unidos tiene por objeto abordar los intereses de política exterior y      seguridad nacional, no la política interna.


  • La prohibición reemplazaría esencialmente varias      leyes estadounidenses, escritas por el Congreso, permitiendo visas de      trabajo cubiertas por la prohibición. Estas leyes ya incluyen protecciones      para los trabajadores ciudadanos estadounidenses, al impedir que el      gobierno emita visas de trabajo si hacerlo desplazaría a los trabajadores      estadounidenses.


  • La proclamación no incluía ninguna  evidencia o hallazgo que demostrara que la prohibición de los trabajadores      extranjeros  ayudaría realmente a la      economía estadounidense o a los      trabajadores ciudadanos estadounidenses.

La prohibición de los trabajadores extranjeros de la proclamación abarca categorías de visados para los trabajadores que transfieren puestos de trabajo dentro de las empresas que ya los emplean, para trabajadores altamente calificados en ocupaciones especializadas, para trabajadores estacionales empleados durante la escasez de mano de obra en los Estados Unidos, y para visitantes de intercambio cultural en varias categorías, incluidos los becarios, pasantes y programas de estudio de trabajo.


Durante mucho tiempo se ha demostrado que los trabajadores extranjeros, ya sean temporales o inmigrantes, ayudan a la economía estadounidense. Sin esta decisión de la corte federal, los trabajadores y las empresas que cuentan con esos trabajadores tendrían menos oportunidades de conducir y expandir su negocio en los Estados Unidos, debilitando aún más la economía en un momento en que no podemos permitirnos hacerlo.

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Atrasos de Cuidadanía

Publicado por Melissa Cruz 10 de septiembre del 2020 Datos demográficos

Cortesia del American Immigration Council


Cientos de miles de inmigrantes podrían verse impedidos de votar en las elecciones de 2020, a pesar de que están a un  paso de convertirse en nuevos estadounidenses.


Años de mala gestión fiscal en los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus que se aquí, por sus datos) —junto con una serie de cambios en las políticas bajo la administración Trump— han llevado a una enorme acumulación de solicitudes de ciudadanía en la agencia de beneficios de inmigración.


Ahora, se estima que unas 300.000 personas  no podrán hacer el juramento de ciudadanía ,el último paso en el proceso de naturalización— antes de la fecha límite del registro de votantes del 13 de octubre.


Un creciente retraso


El atraso de las solicitudes de ciudadanía en USCIS se ha disparado bajo la administración Trump. Una miríada de cambios ha contribuido a este problema, incluyendo una mayor investigación de  los solicitantes y la realización de más entrevistas con menos miembros del personal de USCIS.


El tiempo de espera entre la presentación de una solicitud de naturalización y la toma del juramento de ciudadanía ha aumentado a un promedio de casi nueve meses. Y en algunos casos, convertirse en ciudadano naturalizado ahora puede tomar hasta tres años. Esto es un aumento sustancial con respecto a 2016, cuando el tiempo de espera fue de poco más de cinco meses.


El efecto de la pandemia en el atraso


La pandemia COVID-19  ha exacerbado este problema. Los cierres temporales de oficinas de USCIS detuvieron las entrevistas de ciudadanía y las ceremonias de juramentación de naturalización durante meses.


USCIS logró trabajar a través de la acumulación  de 110.000 aplicaciones que se retrasaron debido a la pandemia. El personal de la agencia llevó a cabo ceremonias de ciudadanía para ayudar a cerrar la brecha.


Pero desafortunadamente, eso hizo muy poco por las miles de personas que ya estaban atrapadas en un limbo burocrático antes de que COVID-19 llegara a los Estados Unidos.


Cómo el atraso podría afectar a la elección


Los ciudadanos estadounidenses recién naturalizados son uno de los bloques de votación de más rápido crecimiento en el país. Pero el número de nuevos votantes inmigrantes no está en camino de coincidir con años anteriores.


En febrero, el Pew Research Center encontró que más de 23 millones de ciudadanos naturalizados  serían elegibles para votar en las próximas elecciones presidenciales. Se estimó que el electorado total, el porcentaje más alto jamás registrado.


La mayoría votaría en cinco estados: California, Nueva York, Florida, Texas y Nueva Jersey. En particular, tanto Florida como Texas son estados de campo de batalla en las elecciones de este año.


Pero dado el atraso de las naturalizaciones, la composición del electorado puede cambiar. Más del 15%  de los que habrían podido votar en las elecciones si no fuera por los retrasos son de México. Otro 13% proviene del Caribe, mientras que más del 9% son sudamericanos.


Evitar que estos aspirantes a votantes participen en las elecciones de 2020 hace que el electorado sea menos diverso y menos representativo de lo que estados Unidos realmente parece.  

USCIS necesita priorizar la realización de estas ceremonias de juramento antes de la fecha límite de registro de votantes de octubre. 


Los aspirantes a estadounidenses no deben perder su oportunidad de ayudar a decidir el futuro del país que han hecho su hogar..

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Estado de Protección Temporal: Una Visión General

HOJA DE HECHOS

Información es cortesía del American Immigration Council


El Estatus de Protección Temporal (TPS) es un estatus migratorio temporal proporcionado a los nacionales de ciertos países que experimentan problemas que dificultan o no son seguros para sus nacionales ser deportados allí. TPS ha sido un salvavidas para cientos de miles de personas que ya están en los Estados Unidos cuando los problemas en un país de origen hacen que su salida o deportación sea insostenible. Esta hoja informativa proporciona una visión general de cómo se determinan las designaciones del TPS, qué beneficios otorga el TPS y cómo los beneficiarios del TPS solicitan y renuevan regularmente su estatus.


¿Qué es el Estatus de Protección Temporal?


El Congreso creó el Estatus de Protección Temporal (TPS) en la Ley de Inmigración de 1990. Es un estatus migratorio temporal proporcionado a los nacionales de países específicamente designados que se enfrentan a un conflicto armado en curso, un desastre ambiental o condiciones extraordinarias y temporales. Proporciona un permiso de trabajo y la perse de la deportación a los extranjeros de aquellos países que están en los Estados Unidos en el momento en que el gobierno de los Estados Unidos hace la designación.


¿Por qué razones se puede designar un país para EL TPS?


Un país puede ser designado para TPS por una o más de las siguientes razones:


· Un conflicto armado encurso, como una guerra civil, que representa una grave amenaza para la seguridad personal de los nacionales retornados;


· Un desastre ambiental, como un terremoto, un huracán o una epidemia, que resulta en una interrupción sustancial pero temporal de las condiciones de vida, y debido a que el Estado extranjero es temporalmente incapaz de manejar adecuadamente el regreso de sus nacionales; o


· Las condiciones extraordinarias y temporales en el estado extranjero que impiden que sus nacionales regresen al estado en condiciones de seguridad (a menos que el gobierno de los Estados Unidos encuentre que permitir que estos nacionales permanezcan temporalmente en los Estados Unidos es contrario al interés nacional de los Estados Unidos).


¿Quién tiene la autoridad para designar un país para el TPS?


El Secretario de Seguridad Nacional tiene discreción para decidir cuándo un país merece una designación de TPS. El Secretario debe consultar con otros organismos gubernamentales antes de decidir designar un país —o parte de un país— para el TPS. Aunque estos otros organismos no están especificados en la ley, estas consultas generalmente involucran al Departamento de Estado, al Consejo de Seguridad Nacional y ocasionalmente al Departamento de Justicia (DOJ). La decisión del Secretario sobre si designar o no un país para el TPS no está sujeta a revisión judicial, de acuerdo con la ley de inmigración.


¿Cuánto duran las designaciones de TPS?


Una designación TPS se puede hacer durante 6, 12 o 18 meses a la vez. Al menos 60 días antes de la expiración del TPS, el Secretario debe decidir si prorrogar o terminar una designación basada en las condiciones en el país extranjero. Las decisiones para comenzar, extender o terminar una designación de TPS deben publicarse en el Registro Federal. Si una decisión de prórroga o terminación no se publica al menos 60 días antes de la expiración, la designación se prorroga automáticamente durante seis meses. La ley no define el término "temporal" ni limita de otro modo la cantidad de tiempo durante el cual un país puede tener una designación del TPS.


¿Quién es elegible para TPS?


Para calificar para TPS, una persona debe:


· Ser nacional del país extranjero con una designación de TPS (o si apátrida, han residido habitualmente en un país con una designación de TPS);


· Estar continuamente presente físicamente en los Estados Unidos desde la fecha efectiva de designación;


· Han residido continuamente en los Estados Unidos desde una fecha especificada por el Secretario de Seguridad Nacional; Y


· No ser inadmisible a los Estados Unidos o ser excluido de asilo por ciertas razones penales o relacionadas con la seguridad nacional, tales como individuos que han sido condenados por cualquier delito grave o dos o más delitos menores.


Los nacionales de un país designado no reciben automáticamente el TPS, sino que deben registrarse durante un período de registro específico y pagar cuotas significativas. Además, el estatus migratorio de un individuo en el momento de la solicitud de TPS no tiene ningún efecto en la elegibilidad de uno, ni tampoco la emisión previa de una orden de expulsión.


¿Beneficios de el TPS a hacer a un no ciudadano?


Una persona que es elegible para TPS debe registrarse presentando una solicitud a los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por susten, por susten, por sus alrededores, por susten). Si una persona demuestra elegibilidad y USCIS otorga TPS, esa persona recibe una suspensión temporal de la deportación y autorización temporal para trabajar en los Estados Unidos. Los beneficiarios del TPS también son elegibles para la libertad condicional anticipada, que proporciona permiso para viajar al extranjero y regresar a los Estados Unidos, pero deben solicitarlo por separado. Los beneficiarios no son elegibles para recibir asistencia pública en virtud de su condición de TPS.


¿Cuáles países tienen TPS?


En febrero de 2020, se designaron los siguientes 10 países para el TPS y la designación no había expirado:


· *El Salvador (extendido hasta el 4 de enero de 2021)

· *Haití (extendido hasta el 4 de enero de 2021)

· *Honduras (ampliado hasta el 4 de enero de 2021)

· *Nepal (extendido hasta el 4 de enero de 2021)

· *Nicaragua (extendido hasta el 4 de enero de 2021)

· Somalia (extendida hasta el 17 de septiembre de 2021)

· Sudán del Sur (extendido hasta el 2 de noviembre de 2020)

· *Sudán (extendido hasta el 4 de enero de 2021)

· Siria (extendida hasta el 31 de marzo de 2021)

· Yemen (ampliado hasta el 3 de septiembre de 2021)


*A partir de mayo de 2019, estas designaciones del TPS habían sido terminadas por el DHS, pero no entrarán en vigor hasta nuevo aviso, supeditadas a resoluciones en al menos dos demandas, incluyendo: Bhattarai v. Nielsen (Honduras y Nepal) y Ramos v. Nielsen (El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán).

 

¿Cuáles países han tenido TPS en el pasado?


Desde que se creó el TPS, los siguientes países o partes de países han tenido designaciones de TPS que ahora se terminan:


· Angola (29 de marzo de 2003)

· Bosnia-Herzegovina (10 de febrero de 2001)

· Burundi (Expirado el 2 de mayo de 2009)

· Guinea (Expirado 21 de mayo de 2017)

· Guinea-Bissau (Expirado el 10 de septiembre de 2000)

· Provincia de Kosovo (Expirado 8 de diciembre de 2000)

· Kuwait (Expirado el 27 de marzo de 1992)

· Líbano (9 de abril de 1993)

· Liberia (21 de mayo de 2017)

· Montserrat (27 de agosto de 2004)

· Rwanda (6 de diciembre de 1997)

· Sierra Leona (21 de mayo de 2017)


¿El TPS crea un camino hacia la residencia permanente o la ciudadanía?


TPS no proporciona a los beneficiarios un camino separado para la residencia permanente legal (una tarjeta verde) o la ciudadanía. Sin embargo, un beneficiario de TPS que de otra manera es elegible para la residencia permanente puede solicitar ese estatus.


Generalmente, una persona que entró en los Estados Unidos sin inspección no es elegible para solicitar la residencia permanente. En mayo de 2019, tres circuitos federales de apelación se habían pronunciado sobre este tema:

· Dos circuitos federales de apelación (el Noveno y Sexto Circuitos) dictaminó que una persona con estatus de TPS válido podría ajustar el estatus a residencia permanente legal si de otra manera era elegible a través de una petición basada en la familia o en el empleo, incluso si él o ella entró en los Estados Unidos sin inspección.


· El Undécimo Circuito dictaminó que un destinatario de TPS que ingresó sin inspección no es elegible para adaptarse a la residencia permanente.


La posición del DHS, aplicable en todos los demás circuitos, es que un titular de TPS no es elegible para ajustar el estatus dentro de los Estados Unidos. Con el fin de obtener el estatus de residente permanente, un receptor de TPS debe salir del país para tener una visa procesada en un puesto consular. Para muchos titulares de TPS que originalmente entraron a los Estados Unidos sin inspección, una salida para tener una entrevista de visa desencadenaría barras para volver a entrar por hasta 10 años.


Alternativamente, algunos beneficiarios del TPS pueden ser elegibles para ajustar el estatus si se les concedió permiso anticipado de USCIS (denominado libertad condicional anticipada), viajaron al extranjero y fueron puestos en libertad condicional a los Estados Unidos.


¿Qué sucede con un beneficiario del TPS cuando termina una designación de TPS?


Los beneficiarios del TPS regresan al estatus migratorio que la persona tenía antes de recibir el TPS, a menos que ese estatus haya expirado o que la persona haya adquirido con éxito un nuevo estatus migratorio. Los beneficiarios del TPS que entraron a los Estados Unidos sin inspección y que no son elegibles para otros beneficios de inmigración, por ejemplo, volverían a ser indocumentados al final de una designación de TPS y quedarían sujetos a remoción.


¿Cómo se relacionan "Salida forzada diferida" y "Salida Voluntaria Extendida" con El TPS?


La salida forzada diferida (DED) es muy similar al TPS, pero deriva de la autoridad de política exterior del Presidente y no de una ley específica. En febrero de 2020, el único país designado para deNT era Liberia, vigente hasta el 30 de marzo de 2020.


· No hay criterios explícitos para tomar decisiones de DED o para determinar quién sería elegible para DED una vez que se determina una designación.

· Al igual que los titulares del TPS, los beneficiarios del DED reciben un permiso de trabajo y la perse de la deportación; sin embargo, no se les permite viajar al extranjero.


Si bien la autorización de empleo para los liberianos en virtud del DED expirará el 30 de marzo de 2020, los liberianos cubiertos por el DED pueden ser elegibles para el estatus de residente permanente bajo el artículo 7611 de la Ley de Autorización de Defensa Nacional para el Año Fiscal 2020, Equidad de Inmigración de Refugiados de Liberia (LRIF). En virtud de la LRIF, tal como se promulgó el 20 de diciembre de 2019, se ha dado a ciertos nacionales liberianos una ventana de un año para buscar la residencia permanente en los Estados Unidos.


La Salida Voluntaria Extendida (EVD) fue la predecesora del TPS antes de la Ley de Inmigración de 1990. Era una autoridad discrecional utilizada por el Fiscal General (en un momento en que el Servicio de Inmigración y Naturalización estaba alojado en el Departamento de Justicia) para dar a los nacionales de ciertos países que experimentan condiciones de país turbulentas permiso temporal para permanecer en los Estados Unidos. El Congreso eliminó la EVE con la creación de TPS.

 

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Las leyes restrictivas de votación amenazan el voto latino

Publicado por Michele Waslin 12 de mayo de 2016 Demografía, Elecciones

Cortesia del American Immigration Council


Las tasas de naturalización y registro de votantes han aumentado en los últimos meses, pero las nuevas y estrictas leyes electorales en muchos estados amenazan con reducir el número de votantes latinos (incluyendo muchos recién naturalizados) a quienes se les permitirá emitir papeletas.


Más de 185.000 solicitudes de ciudadanía  se presentaron en los últimos tres meses de 2015, lo que representa un aumento del 14% con respecto a 2014 y un aumento del 8% en comparación con el mismo período antes de las elecciones de 2012. Según el  Houston Chronicle,en  Texas,las ceremonias de naturalización en Houston se han acercado a unos 2,200 por mes, en comparación con 1,200 antes, y más del 80 por ciento de los naturalizados luego se registran para votar, en comparación con el 60 por ciento anteriormente.


Los expertos están atribuyendo el Donald Trumpaumento de la naturalización ala retórica antiinmigrante de Donald Trump y a las posiciones políticas durante la campaña presidencial. Ben  Monterroso,director ejecutivo de Mi Familia  Vota  dijo: "Se acerca un aumento del compromiso latino. No solicitado, la gente le dice que 'me estoy convirtiendo en un ciudadano porque quiero votar en contra de Donald Trump' o 'Quiero votar en contra de los ataques a nuestra comunidad. '  "


Pero un nuevo informe de la Asociación Nacional de Funcionarios Electos y Nombrados Latinos (NALEO, por susten) encontró que ocho millones de votantes latinos  podrían verse afectados por nuevas leyes de votación. En primer lugar, en 2013 la  Corte Suprema invalidóuna disposición de la Ley de Derecho al Voto que obligaba a ciertos estados con antecedentes de discriminación a obtener la "autorización previa" del Departamento de Justicia de los Estados Unidos para hacer cualquier modificación de las leyes electorales. Según NALEO, aproximadamente 8 millones de votantes latinos viven en jurisdicciones que ya no deben ser pre-claradas por el gobierno federal a pesar de sus historiales de prácticas discriminatorias de votación.


A nivel estatal,diecinueve estados han promulgado o implementado  nuevas leyes restrictivas desde las elecciones de noviembre de 2012 que dificultarán que algunos votantes emitan su voto en 2016. Ocho estados tienen leyes que hacen más difícil registrarse para votar haciendo que los electores se registren mucho más por adelantado, restringiendo a los voluntarios de la comunidad de ayudar con los esfuerzos de registro de votantes, o requiriendo documentación adicional. Seis estados tienen leyes que dificultan el voto al acortar los períodos de votación anticipada, y otros seis han impuesto restricciones al voto en ausencia. Finalmente, nueve estados han aprobado leyes de identificación electoral, que requieren que los votantes potenciales presenten ciertos documentos que demuestren la ciudadanía, ya sea para registrarse para votar o para votar. Múltiples  estudios han encontrado que los latinos y otras minorías son menos propensos a poseer los documentos necesarios.


Todas estas restricciones han pasado a pesar de cualquier evidencia contundente de que el fraude electoral es un problema.


NALEO estima que más de 875.000 latinos en estos 19 estados podrían verse seriamente impedidos de participar en las elecciones presidenciales de 2016. Según el Director Ejecutivo de NALEO Arturo Vargas, "se espera que más de 13,1 millones de votantes latinos emitan su voto en 2016. Si bien es histórico, sabemos que millones más se quedarán en casa el día de las elecciones".


Mientras que los latinos y otros ciudadanos se sienten obligados por el actual debate migratorio a ejercer su derecho constitucional al voto en las próximas elecciones, muchos pueden ser disuadidos de que sus voces sean escuchadas y los votos espetados. Las barreras a la plena participación cívica en los Estados Unidos son extremadamente problemáticas y deben abordarse.

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Asilo en los Estados Unidos

Asilo en los Estados Unidos

 

Datos cortesia de American Immigration Council

Cada año, miles de personas que llegan a nuestra frontera o ya en los Estados Unidos solicitan asilo, o protección contra la persecución. Los solicitantes de asilo deben navegar por un proceso difícil y complejo que puede involucrar a múltiples agencias gubernamentales. Aquellos que reciben asilo pueden solicitar vivir en los Estados Unidos permanentemente y obtener un camino a la ciudadanía y también pueden solicitar que su cónyuge e hijos se unan a ellos en los Estados Unidos. Esta hoja informativa ofrece una visión general del sistema de asilo en los Estados Unidos, incluyendo cómo se define el asilo, los requisitos de elegibilidad y el proceso de solicitud.

¿Qué es el asilo?

El asilo es una protección concedida a los extranjeros que ya están en los Estados Unidos o que llegan a la frontera y que cumplen con la definición de derecho internacional de "refugiado". La Convención de las Naciones Unidas de 1951  y el Protocolo de 1967  definen a un refugiado como una persona que no puede o no está dispuesta a regresar a su país de origen, y no puede obtener protección en ese país, debido a una persecución pasada o a un temor fundado de ser perseguido en el futuro "debido a la raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política". El Congreso incorporó esta definición a la ley de inmigración de los Estados Unidos en la Ley de Refugiados de 1980.

Como signatario del Protocolo de 1967, y a través de la ley de inmigración de los Estados Unidos, los Estados Unidos tienen obligaciones legales para proporcionar protección a aquellos que califican como refugiados. La Ley de Refugiados estableció dos caminos para obtener el estatus de refugiado, ya sea del extranjero como refugiado reasentado o en los Estados Unidos como solicitante de asilo.

¿Cómo ayuda el asilo a las personas que huyen de la persecución?

Un asilado, o una persona a la que se le concede asilo, está protegido de ser devuelto a su país de origen, está autorizado a trabajar en los Estados Unidos, puede solicitar una tarjeta de Seguro Social, puede solicitar permiso para viajar al extranjero y puede solicitar traer a los miembros de la familia a los Estados Unidos. Los asirios también pueden ser elegibles para ciertos programas gubernamentales, como Medicaid o Asistencia Médica para Refugiados.

Después de un año, un asilado puede solicitar el estatus de residente permanente legal (es decir, una tarjeta verde). Una vez que la persona se convierte en residente permanente, debe esperar cuatro años para solicitar la ciudadanía.

¿Qué es el proceso de solicitud de asilo?

Hay dos formas principales en las que una persona puede solicitar asilo en los Estados Unidos: el proceso afirmativo  y el proceso defensivo. 

1. Asilo Afirmativo: Una persona que no está en proceso de remoción puede solicitar asilo afirmativamente a través de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus cuentas, por sus datos). Si el oficial de asilo de USCIS no concede la solicitud de asilo y el solicitante no tiene un estatus migratorio legal, él o ella es remitido a la corte de inmigración para los procedimientos de expulsión, donde él o ella puede renovar la solicitud de asilo a través del proceso defensivo y presentarse ante un juez de inmigración.

2. Asilo Defensivo: Una persona que está en proceso de expulsión puede solicitar asilo defensivamente presentando la solicitud ante un juez de inmigración en la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Inmigración (EOIR) en el Departamento de Justicia. En otras palabras, se solicita asilo como defensa contra la expulsión de los Estados Unidos. A diferencia del sistema judicial penal, EOIR no proporciona un abogado designado para las personas en la corte de inmigración, incluso si no pueden retener a un abogado por su cuenta.

Los solicitantes de asilo que llegan a un puerto de entrada de los Estados Unidos o ingresan a los Estados Unidos sin inspección generalmente deben solicitarlo a través del proceso de asilo defensivo. Ambos procesos de solicitud requieren que el solicitante de asilo esté físicamente presente en los Estados Unidos.

Con o sin abogado, un solicitante de asilo tiene la carga de probar que cumple con la definición de refugiado. Los solicitantes de asilo a menudo proporcionan pruebas sustanciales a lo largo de los procesos afirmativos y defensivos que demuestran la persecución pasada o que tienen un "temor fundado" de futuras persecuciones en su país de origen. Sin embargo, el propio testimonio de la persona suele ser crítico para su determinación de asilo.

Ciertos factores impiden a las personas del asilo. Con excepciones limitadas, las personas que no soliciten asilo en el plazo de un año después de entrar en los Estados Unidos serán excluidas de recibir asilo. Del mismo modo, los solicitantes que se encuentran en peligro para los Estados Unidos están excluidos del asilo.

¿Existe una fecha límite para las solicitudes de asilo?

Una persona generalmente debe solicitar asilo dentro de un año de su más reciente llegada a los Estados Unidos. En 2018, un tribunal federal de distrito determinó que el DHS está obligado a notificar a los solicitantes de asilo de este plazo en una demanda colectiva  que impugnó el hecho de que el gobierno no proporcionara a los solicitantes de asilo una notificación adecuada del plazo de un año y un procedimiento uniforme para presentar solicitudes oportunas.

Los solicitantes de asilo en los procesos afirmativos y defensivos se enfrentan a muchos obstáculos para cumplir el plazo de un año. Algunas personas enfrentan repercusiones traumáticas  desde su tiempo de detención o viaje a los Estados Unidos y tal vez nunca sepan que existe una fecha límite. Incluso aquellos que son conscientes de la fecha límite se encuentran con barreras sistémicas, como largos atrasos, que pueden hacer imposible presentar su solicitud de manera oportuna. En muchos casos,  no perder el plazo de un añoes la única razón por la que el gobierno niega una solicitud de asilo.

¿Qué sucede con los solicitantes de asilo que llegan a la frontera de EE. UU.?

De 2004 a 2019, el DHS sometó a casi todos los no ciudadanos que fueron encontrados por un funcionario estado unidense  en un puerto de entrada o cerca de la frontera, a un proceso acelerado que autoriza al DHS a realizar una rápida eliminación de ciertas personas.

Para ayudar a garantizar que los Estados Unidos no violen las leyes internacionales y nacionales al devolver a las personas a países donde su vida o su libertad pueden estar en riesgo, los solicitantes de asilo en procesos de expulsión acelerados tienen al riesgo el miedo creíble  y los procesos de detección razonables de miedos.  Es importante destacar que, si bien el proceso descrito a continuación es la forma en que los solicitantes de asilo deben ser procesados bajo la ley, a veces los oficiales de la CBP no siguen adecuadamente este proceso. Además, los oficiales de la CBP a veces someten a los solicitantes de asilo a varias nuevas políticas creadas por la administración Trump en 2019 y 2020 que se describen con más detalle a continuación.

Miedo creíble

Las personas que se colocan en procedimientos de expulsión acelerado y que le dicen a un funcionario de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) que temen ser perseguidos, torturados o regresar a su país o que desean solicitar asilo deben ser remitidos a una entrevista de detección de miedo creíble realizada por un oficial de asilo.

Si el oficial de asilo determina que el solicitante de asilo tiene un temor creíble a la persecución o tortura, significa que la persona ha demostrado que tiene una "posibilidad significativa" de establecer la elegibilidad para el asilo u otra protección en virtud de la Convención contra la Tortura. El individuo será remitido a la corte de inmigración para continuar con el proceso de solicitud de asilo defensivo.

Si el oficial de asilo determina que la persona no  tiene un temor creíble, se ordena la expulsión del individuo. Antes de la remoción, el individuo puede apelar la decisión de miedo creíble negativo persiguiendo un proceso de revisión truncada ante un juez de inmigración. Si el juez de inmigración anula una constatación negativa de miedo creíble, el individuo es colocado en un nuevo proceso de expulsión a través del cual el individuo puede solicitar protección contra la expulsión, incluido el asilo. Si el juez de inmigración confirma la conclusión negativa del oficial de asilo, el individuo será removido de los Estados Unidos.

· En el Año Fiscal (ejercicio fiscal) 2019, USCIS encontró que 75,252 individuos  tienen miedo creíble. Estas personas, muchas de las cuales fueron detenidas durante este proceso de selección, tendrán la oportunidad de solicitar asilo defensivamente y establecer que cumplen con la definición de refugiado.

· El número de casos de miedo creíbles se ha disparado desde que se implementó el procedimiento: en el año fiscal 2009, USCIS completó 5.523 casos. Las terminaciones de casos alcanzaron un máximo histórico en el ejercicio 2019 con 102.204.

Miedo razonable

Las personas que vuelven a entrar ilegalmente en los Estados Unidos después de una orden de expulsión previa y los no ciudadanos condenados por ciertos delitos están sujetos a un proceso de remoción acelerado diferente llamado restablecimiento de la remoción.  Para proteger a los solicitantes de asilo de la expulsión sumaria antes de que se escuche su solicitud de asilo, a los que restablecen los procedimientos de expulsión que expresan el temor de regresar a su país se les concede una entrevista de "miedo razonable" con un oficial de asilo.

Para demostrar un temor razonable, el individuo debe demostrar que existe una "posibilidad razonable" de que sea torturado en el país de expulsión o perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social en particular. Si bien las determinaciones de miedo creíbles y razonables evalúan la probabilidad de persecución o tortura de una persona si se elimina, el estándar de miedo razonable es mayor.

Si el oficial de asilo descubre que la persona tiene un temor razonable a ser buscada o torturada, será remitida a un tribunal de inmigración. La persona tiene la oportunidad de demostrar a un juez de inmigración que es elegible para "retención de la remoción" o "aplazamiento de la remoción", protección contra futuras persecuciones o torturas. Si bien la retención de la expulsión es similar al asilo, algunos de los requisitos son más difíciles de cumplir y el alivio que proporciona es más estrecho. Significativamente, y a diferencia del asilo, no proporciona un camino a la residencia permanente legal o la ciudadanía.

Si el oficial de asilo determina que la persona no  tiene un temor razonable de persecución o tortura futura, el individuo puede apelar la decisión negativa a un juez de inmigración. Si el juez confirma la determinación negativa del oficial de asilo, el individuo es entregado a los oficiales de la ley de inmigración para su remoción. Sin embargo, si el juez de inmigración anula la conclusión negativa del oficial de asilo, el individuo se coloca en un proceso de expulsión a través del cual el individuo puede perseguir la protección contra la expulsión.

· En el año 2019, USCIS encontró que 3.306 personas  tenían un temor razonable.

Cambios en el proceso de asilo en la frontera durante la administración Trump

En abril de 2018, la administración Trump emitió una guía que formalizaba una política previa de rechazar a los solicitantes de asilo en la frontera con Estados Unidos. Bajo "medida", se les dice a los solicitantes de asilo que esperen en México, por lo general colocando sus nombres en una lista, hasta que los oficiales de la CBP determinen que un puerto de entrada determinado tiene capacidad para procesarlos. A través de la medición, se impide a los solicitantes de asilo acceder al proceso de asilo cuando llegan a la frontera con Estados Unidos. Luego, en enero de 2019, el DHS comenzó a implementar una serie de nuevos programas que han alterado significativamente los procesos tradicionales de miedo creíble y razonable una vez que un solicitante de asilo finalmente puede acceder a esos procesos.

El primero de estos programas, conocidos como Los Protocolos de Protección al Migrante (MPP, por susten, por susten, por susten, por susten, por sus datos, por sus manos),obliga a los solicitantes de asilo a ser enviados de vuelta a México, donde están obligados a esperar la fecha de sus audiencias judiciales de inmigración celebradas en cuatro lugares diferentes de Estados Unidos al otro lado de la frontera. Las personas que pasan por MPP no pasan por el proceso creíble de detección de miedo o miedo razonable, sino que son puestos directamente en procedimientos judiciales que permiten a los funcionarios estadounidenses enviarlos de vuelta a México para esperar sus audiencias judiciales subsiguientes. Aunque MPP fue derribado por el Noveno Circuito como una violación de la ley, la decisión fue puesta en espera por la Corte Suprema y permanece en el proceso de apelaciones. Hasta abril de 2020, más de 65.000 personas habían sido puestas en MPP.

En julio de 2019, el DHS emitió una nueva norma que prohibía el asilo a todas las personas que transitaron por un tercer país antes de llegar a los Estados Unidos sin haber solicitado asilo en ese país. Bajo esa regla, casi todas las personas que llegaron a la frontera entre Estados Unidos y México por primera vez después del 16 de julio de 2019, no son elegibles para asilo, a menos que hubieran sido sometidas a medición antes de esa fecha. Aquellos que están sujetos a la regla son examinados en la frontera bajo el nivel de "miedo razonable" elevado y todavía pueden solicitar la retención de la expulsión o protección en virtud de la Convención contra la Tortura. Esta regla también fue anulada por el Noveno Circuito, y esa decisión también fue puesta en espera por el Tribunal Supremo y permanece en el proceso de apelación.

En noviembre de 2019, el DHS comenzó a implementar un "Acuerdo de Cooperativa de Asilo" con Guatemala. En virtud de este tipo de acuerdo, que también se conoce como un acuerdo de "Tercer País Seguro", las personas que solicitan asilo en los Estados Unidos son enviadas a un tercer país y deben solicitar asilo allí. Las personas sujetas a estos acuerdos no pueden solicitar asilo ni ninguna otra protección, incluida la retención de la expulsión, en los Estados Unidos. Un acuerdo similar con Honduras entró en vigor en mayo de 2020. La legalidad de estos acuerdos está actualmente en proceso de impugnación.

Cambios en el Proceso de Asilo debido a COVID-19

En marzo de 2020, en respuesta a la pandemia COVID-19 (coronavirus), los Centros para el Control de Enfermedades emitieron una orden por la que suspendía la "introducción" de las personas que habían estado en "Zonas afectadas por coronavirus". Citando esta autoridad, la Patrulla Fronteriza comenzó a "expulsar" a las personas que llegan a la frontera entre Estados Unidos y México sin darles la oportunidad de solicitar asilo, incluso si expresan temor de persecución. Hasta abril de 2020, la CBP informó que había expulsado a casi 21.000 personas como resultado de esta nueva política. En el momento de la publicación, la orden se había prorrogado indefinidamente.

Además, en respuesta a la pandemia, todas las audiencias del MPP en la frontera se suspendieron al menos hasta el 22 de junio de 2020, y se suspendieron los acuerdos de cooperación en materia de asilo. Como resultado, el proceso de asilo ha sido completamente bloqueado para las personas que llegan a la frontera entre Estados Unidos y México durante COVID-19, con la excepción de algunas pocas personas que no pueden ser "expulsadas" por razones logísticas.

¿Cuánto tiempo dura el proceso de asilo?

En general, el proceso de asilo puede tardar años en concluirse. En algunos casos, una persona puede presentar su solicitud o aprobar una prueba de miedo creíble o razonable y recibir una audiencia o entrevista con fecha de años en el futuro.

· En septiembre de 2019, había 339.836 solicitudes de asilo afirmativas pendientes con USCIS. El gobierno no estima el tiempo que tomará programar una entrevista inicial para estos solicitantes de asilo, aunque históricamente el retraso podría llegar a cuatro años.

· El atraso en los tribunales de inmigración de Estados Unidos alcanzó un máximo histórico en abril de 2020, con más de 1,17 millones de casos de remoción abierta. En promedio, estos  casos habían estado pendientes  durante 734 días y seguían sin resolverse.

· Las personas con un caso judicial de inmigración que finalmente recibieron alivio, como asilo, en febrero de 2020 esperaron más de 930 días en promedio para ese resultado. Illinois y Virginia tuvieron los tiempos de espera más largos, promediando 1,300 días hasta que se concedió el alivio  en el caso de inmigración.

Los solicitantes de asilo, y cualquier miembro de la familia que espera unirse a ellos, quedan en el limbo mientras su caso está pendiente. Los atrasos y retrasos pueden causar una separación prolongada de las familias refugiadas, dejar a los familiares en el extranjero en situaciones peligrosas y dificultar la retención de los abogados pro bono que puedan comprometerse con los servicios jurídicos durante un período prolongado durante un período prolongado mientras dure el caso del solicitante de asilo.

Aunque los solicitantes de asilo pueden solicitar autorización de trabajo después de que su caso haya estado pendiente durante 150 días (o más en algunas circunstancias), la incertidumbre de su futuro impide el empleo, la educación y las oportunidades de recuperación de traumas.

¿Qué sucede con los solicitantes de asilo mientras se procesa su solicitud?

Entre los solicitantes de asilo se encuentran algunos de los miembros más vulnerables de la sociedad: niños, madres solteras, víctimas de violencia doméstica o tortura, y otras personas que han sufrido persecución y trauma. Si bien la ley estadounidense establece a los solicitantes de asilo que llegan el derecho a permanecer en los Estados Unidos mientras su solicitud de protección está pendiente, el gobierno ha argumentado que tiene el derecho de detener a esas personas, en lugar de liberarlos en la comunidad. Algunos tribunales han rechazado esta interpretación y han declarado que los solicitantes de asilo que cumplen determinados criterios tienen derecho a una audiencia de fianzas. Los defensores han impugnado la práctica de detener a los solicitantes de asilo sin proporcionar una oportunidad significativa para solicitar la libertad condicional, incluidas las demandas colectivas que documentan la detención prolongada —a veces años duraderos— de personas con miedo creíble a la espera de la adjudicación de su solicitud de asilo.

La detención agrava los desafíos a los que ya se enfrentan los solicitantes de asilo y puede afectar negativamente a la solicitud de asilo de una persona. Los niños y las familias detenidassufren problemas de salud mental y física, como depresión, trastorno de estrés postraumático e infecciones frecuentes. Los estudios han encontrado que las personas detenidas en los procedimientos de expulsión tienen casi cinco veces menos probabilidades de obtener asesoramiento jurídico que las que no estándetenidas. Esta disparidad puede afectar significativamente el caso de una persona, ya  que es más probable que aquellos con representación soliciten protección en primer lugar y obtengan con éxito el alivio solicitado.

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El abogado Luis Mariano Garcia se especializa en casos de asilo político y en ayudar a familias permanecer en los Estados Unidos. Cada caso de asilo político es único y diferente, por lo tanto es importante que cada solicitante se reúna con el abogado para que el le pueda ofrecer la mejor solución para su caso particular. 

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